Monday, 3 April 2017

Las leyes ecuatorianas reconocen al “chulco” como usura y lo señalan como un delito.



AMENAZAS.... Venta de derechos y acciones en Cuenca
Selling rights and actions...in Cuenca

PROVINCIA DEL AZUAY!!!
Personas perjudicadas y que desean recuperar sus pertenencias, contactar a la línea 1800-delito (335-486) recibe las denuncias de usura.

II.-DE LAS CASA DE PRÉSTAMOS SOBRE PRENDAS
Recogen los artículos 586 y 587 del Código Penal 

-       ART. 586 R.O427-S,29XII-2006 “será reprimido con reclusión de dos a cuatro años y multa de quinientos dólares de los Estados Unidos de América el que, hallándose dedicado a la industria de préstamos sobre prendas, sueldos o salarios, no llevare libros, asentando en ellos, sin claros ni entrerrenglonados, las cantidades prestadas, los plazos e intereses, los nombre y domicilios de los que reciben el préstamo, la naturaleza, calidad y valor de los objetos dados en prenda y las demás circunstancias que exijan los reglamentos u ordenanzas de la materia; o fueren convictos de falsedad en los asientos de dichos libros”
 
-       ART. 587 “el prestamista que no diere resguardo de la prenda o seguridad recibida, será reprimido con una multa del duplo al quíntuplo de su valor y no se podrá dejar en suspenso el cumplimiento de la pena”.

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